Junta Directiva de la SESLAP
PRESIDENTE | Iñigo Apellaniz González |
VICEPRESIDENTE | José Manuel Álvarez Gómez |
SECRETARIO | Javier González Caballero |
SECRETARIO SEGUNDO | Antonio Spinola Bretones |
TESORERO Y VICESECRETARIO | Carlos Beltran de Guevara Berezibar |
VOCAL | Jesús Mateos Rodríguez |
Inscripción en la SESLAP
¿Quiere formar parte de la SESLAP? Rellene el siguiente formulario y nos pondremos en contacto usted lo antes posible.
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SALUD LABORAL EN LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
SESLAP, UPV/EHU, F. Medicina y Enfermería, Departamento Medicina Preventiva y Salud Pública, UD Basurto, Prof. Apellaniz, Calle Gurtubay s/n, 48013 Bilbao.
Objetivos de la SESLAP
1 | SALUD LABORAL. Obtener la determinación oficial del ‘status’ de la Salud Laboral, obligaciones y derechos colaborando a tal efecto con las Administraciones Públicas.
2 | ASESORÍA. Prestar a sus asociados los servicios de una asesoría a nivel nacional.
3 | EXPERIENCIAS. Conseguir un intercambio de experiencias de interés común, informando a los socios de las cuestiones que hagan referencia o tengan relación con la profesión.
4 | DOCENCIA. a todos los niveles para dar una importancia real a la salud y prevención de riesgos laborales. Para tal fin, la Sociedad establecerá contactos con la Administración de ámbito local, autonómica, central y de ámbito europeo, y cuantos Organismos estén relacionados con esta rama de la medicina.
5 | DIVULGACIÓN. Se presentarán y adjudicarán las diversas experiencias de los asociados a fin de obtener una mayor información, escritos, mecánicos, orales, fílmicos, televisivos, discográficos, informáticos u otros medios de difusión. Para una mayor eficacia de esta postulación, la Sociedad se coloca bajo los auspicios del Ministerio de Sanidad y Consejería de Salud de los distintos entes autonómicos, solicitando de estos organismos apoyo necesario para el mejor cumplimiento de sus fines, prestando a sus asociados y a las empresas en los que estos desempeñan sus funciones toda clase de ayuda, información y asistencia sanitaria.
6 | DEONTOLOGÍA Y AYUDA MUTUA. La asociación establecerá las normas deontológicas que habrán de regir las relaciones con la Empresas y resolverá cuantas dudas se susciten en ese aspecto. Los asociados que formen parte de la Asamblea Constituyente gozarán de la condición de socio fundador.
7 | FINALIDADES GENERALES. Constituyen las finalidades de esta asociación todo cuanto tienda a enaltecer, dignificar o enseñar la Salud Laboral y la Prevención de Riesgos Laborales, con la suprema idea de pertenecer al servicio de la humanidad y en permanente lucha contra el dolor, divulgando todo lo relacionado con este tema de la medicina.